COMISIÓN NACIONAL
DE LOS DERECHOS HUMANOS (MÉXICO)
La
Comisión Nacional de los Derechos Humanos de México o CNDH por sus siglas, es
la principal entidad gubernamental encargada de promover y proteger los
derechos humanos en México; principalmente ante abusos cometidos por las
personas, funcionarios públicos o por el estado. De carácter federal, de
acuerdo al artículo 102° B de la Constitución Política de México: posee
autonomía de gestión y presupuestaria, así como personalidad jurídica y
patrimonio propios. Actualmente su presidente es el Dr. Luis Raúl González
Pérez.
Su
constitución, organización y objetivos son similares a las Defensorías del
Pueblo de otros países, y el Presidente de la Comisión cumple funciones equivalentes
a las de un ombudsman.
ANTECEDENTES:
El
antecedente más lejano de la CNDH es la institución de 1847 llamada
Procuraduría de Pobres con su ley creadora del mismo año, promovida por
Ponciano Arriaga en el estado de San Luis Potosí. Dicha procuraduría también ha
tenido a muchas de las Defensorias del Pueblo alrededor del mundo, aún cuando
la mayoría de las mismas se basan principalmente en el modelo escandinavo de
ombudsman.Otro antecedente importante lo constituye la Defensoría de los
Derechos Universitarios, establecida el 29 de mayo de1985 en la Universidad
Nacional Autónoma de México, para cumplir funciones similares a una Defensoría
del Pueblo dentro de dicha esa universidad.
El
antecedente más directo data del 13 de febrero de 1989, cuando nació la
Dirección General de Derechos Humanos dentro de la Secretaría de Gobernación de
la federación.
La
CNDH, como tal, fue creada a través de la reforma constitucional del 28 de
enero de 1992 (artículo 102° apartado B), la cual le dio el carácter de
"agencia descentralizada" con personería jurídica propia. Otra
reforma constitucional, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13
de septiembre de 1999, le concedió su actual autonomía presupuestaria y de
gestión, desvinculándola definitivamente del Poder Ejecutivo mexicano.
FUNCIONES:
La
constitución mexicana establece que los organismos de protección de los
derechos humanos de las personas, tanto de la unión como de cada estado,
"conocerán de quejas en contra de actos y omisiones de naturaleza
administrativa provenientes de cualquier autoridad o servidor público, con
excepción de los del Poder Judicial de la Federación, que violen estos
derechos" (art. 102°).
OBJETIVOS:
Para
cumplir con sus objetivos, la Comisión de los derechos humanos tiene las
siguientes atribuciones (art. 6º de su Ley):
• Recibir quejas sobre presuntas
violaciones a los derechos humanos.
• Conocer e investigar presuntas
violaciones a los derechos humanos (a petición de parte o de oficio).
• Formular recomendaciones públicas,
denuncias y quejas ante las autoridades respectivas.
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