DECLARACIÓN
UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
La
Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) es un documento
declarativo adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución
217 A (III), el 10 de diciembre de 1948 en París; en ésta se recogen en sus 30
artículos los derechos humanos considerados básicos, a partir de la carta de
San Francisco de 1945.
La
unión de esta declaración y los Pactos Internacionales de Derechos Humanos y
sus Protocolos comprende lo que se ha denominado la Carta Internacional de
Derechos Humanos. Mientras que la Declaración constituye, generalmente, un
documento orientativo, los Pactos son tratados internacionales que obligan a
los Estados firmantes a cumplirlos.
En
numerosas convenciones, declaraciones y resoluciones internacionales de
derechos humanos se han reiterado los principios básicos de derechos humanos
enunciados por primera vez en la Declaración Universal de Derechos Humanos,
como su universalidad, interdependencia e indivisibilidad, la igualdad y la no
discriminación, y el hecho de que los derechos humanos vienen acompañados de
derechos y obligaciones por parte de los responsables y los titulares de éstos.
En la actualidad, todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas han
ratificado al menos uno de los nueve tratados internacionales básicos de
derechos humanos, y el 80 % de ellos ha ratificado al menos cuatro de ellos, lo
que constituye una expresión concreta de la universalidad de la DUDH y del
conjunto de los derechos humanos internacionales.
ARTÍCULO 1
Todos
los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como
están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los
otros.
ARTÍCULO 2
1.
Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta
Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión,
opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición
económica, nacimiento o cualquier otra condición.
2.
Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica
o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona,
tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo
administración fiduciaria, no autónoma o sometida a cualquier otra limitación
de soberanía.
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